CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a resolver los fundamentos del recurso de casación formulado
CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a resolver los fundamentos del recurso de casación formulado en el presente caso, corresponde recordar que, de acuerdo a lo que establece el art. 15 de la L.O.J., el tribunal de casación, a tiempo de conocer una causa, tiene la facultad de revisar los procesos de oficio y verificar si los jueces y funcionarios observaron los plazos y leyes que norman la tramitación y conclusión de los procesos, para aplicar, en su caso, las sanciones pertinentes o determinar la nulidad de obrados, conforme a la facultad instituida en el art. 252 del Cód. Pdto. Civ
- PARTES: Empresa Petrolera Andina S.A. c/ Servicio de Impuestos Nacionales (GRACO Santa Cruz)
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, interpuesta la demanda contencioso tributaria de fs
- En grado de apelación, a instancia de la empresa demandante, la Sala Social y Administrativa
- Dicho Fallo motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el mencionado representante
- CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a resolver los fundamentos del recurso de casación formulado
- I
- II
- Estas determinaciones, conforme establece el art
- III
- Sin embargo de lo señalado, la empresa demandante, presentó su acción el 18 de octubre
- IV
- En definitiva, se concluye que se tramitó el presente proceso, sin que el juez a
- V
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin multa por ser excusable
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
