CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no, se tiene:
1) En el trámite de renta de vejez con reducción de edad de fs. 33, la comisión de calificación de rentas dictó la Resolución No. 03953 de 30 de marzo de 2004 (fs. 53), disponiendo la desestimación de la renta única de vejez y el pago global, argumentando que la documentación presentada por María Luz Burgos Ramírez, con Matrícula No. 506022 BRM del sector Caja Petrolera de Salud para la calificación de renta de vejez, aparece registrada con diferentes partidas de nacimiento en una nacida el 22 de octubre de 1950 y, en otra el 22 de octubre de 1954, aduciendo que a la fecha de corte (1/05/97), la impetrante sólo contaba con 42 años de edad que no le permite acceder a ninguna prestación en el Sistema de Reparto
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación, a instancia de la actora, por memorial de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- Toda esa documentación merece la fe probatoria que asignan los arts
- Al respecto, dicha resolución fue confirmada mediante auto de vista de 23 de diciembre de
- En la especie, el tribunal de alzada, al confirmar mediante auto de vista de fs
- Que, en ese marco legal, se concluye que el tribunal de apelación no realizó una
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dra. Beatriz Alcira Sandoval Bascopé
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
