Auto Supremo AS/0844/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0844/2007

Fecha: 18-Dic-2007

Ahora bien, el art


Ahora bien, el art. 190 del Cód. Pdto. Civ., contiene el mandato para que la sentencia contenga respuestas claras a las cuestiones planteadas, disponiendo que: "La sentencia pondrá fin al litigio en primera instancia; contendrá decisiones expresas, positivas y precisas; recaerá sobre las cosas litigadas, en la manera en que hubieren sido demandadas sabida que fuere la verdad sobre las pruebas del proceso; en ella se absolverá o condenará al demandado."; norma que es concordante con lo instituido en el art. 202 del Cód. Proc. Trab., que incluye las reglas que deben observarse para resolver una controversia laboral