Auto Supremo AS/0047/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0047/2007

Fecha: 02-Feb-2007

Que por la naturaleza jurídica e institucional del ex Fondo Nacional de Vivienda Social -


CONSIDERNDO III: Que, del examen y conocimiento del recurso y de los antecedentes del proceso, se establece fundamentalmente:

Que la actor despedido en 3 de abril de 1995 percibió los beneficios sociales el 28 de abril del mimo mes y año, a que se refiere el finiquito de Fs. 2., en base al salario de Bs. 4.969,20 en un monto de Bs. 62.055,14 y con una antigüedad de 6 años, 9 meses y 13 días. Beneficios reliquidados en base al incremento salarial de 8% antes referido, conforme reza el finiquito de Fs. 5, de 23 de febrero de 1996 con un monto adicional de Bs. 5.519,53

Que por la naturaleza jurídica e institucional del ex Fondo Nacional de Vivienda Social - FONVIS, institución del Sector Público y de servicio social en el área a que se refiere su actividad, no era ni podía atribuírsele el estatus de empresa con fines de lucro y, por ello, con capacidad de generación de utilidades, ya que el superávit a que se refiere el documento de Fs. 190 no puede reputarse como rendimiento de la gestión en el concepto de ganancia o utilidad que haga aplicables las previsiones de los Arts. 48, 49 y 50 del Reglamento de la Ley General del Trabajo