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    Auto Supremo AS/0047/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0047/2007

    Fecha: 02-Feb-2007

    Regístrese, notifíquese y devuélvase


    Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García.

    Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • AUTO SUPREMO Nº 047 - Social Sucre, 2 de febrero de 2007
    • Confirmación que se funda a partir de la definición de que el Aquo ha hecho
    • CONSIDERANDO II: Que el aludido recurso en una extensa relación de los antecedentes procesales, con
    • Continúa indicando que el Auto de Vista al confirmar la sentencia, ha infringido el Art
    • Concluye, invocando la correcta aplicación de las disposiciones procedimentales citadas, así como la sana consideración
    • Que por la naturaleza jurídica e institucional del ex Fondo Nacional de Vivienda Social -
    • El planteamiento del actor con relación a la aplicación de la retroactividad con relación a
    • Que, carece de veracidad la afirmación del actor de que el A quo hubiera ignorado
    • Que la presunta violación de los Art
    • Que, de lo anterior se concluye que los de instancia obraron con criterio legal, tanto
    • En consecuencia, no siendo evidentes las infracciones acusadas, particularmente por inatinentes de los Arts
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.

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