Auto Supremo AS/0077/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0077/2007

Fecha: 08-Feb-2007

Fue de voto disidente la señora Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez; expresó su criterio en sentido


Fue de voto disidente la señora Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez; expresó su criterio en sentido de anular el auto de vista recurrido y que el tribunal ad quem resuelva el fondo del recurso, en atención a que la personería extrañada, debió ser observada oportunamente por el ente demandado, dentro del plazo previsto por el artículo 337 del Código de Procedimiento Civil, por consiguiente, el fallo de segunda instancia resulta ultrapetita, por cuanto no correspondía que el tribunal ad quem, observe una personería que fue admitida por el juez a quo y sin observación por parte de la entidad demandada