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4.- Que está demostrada la parcialidad del juez, toda vez que admite una querella penal sin que el querellante acredite su poder de representación y la carta notariada (fojas 6 a 7) que adjunta en calidad de prueba, es de un administrador de carpintería, por lo que no es evidente la afirmación del Tribunal de apelación de que no se ha probado falta de fundamentación en la sentencia
- PARTES: Santiago Barba Roca c/ Paulina Irma Rojas de Escobar
- CONSIDERANDO: que los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal establecen los requisitos
- CONSIDERANDO: que el recurso interpuesto por Paulina Irma Rojas de Escobar, ha sido interpuesto con
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- CONSIDERANDO: que analizado el recurso de casación, se tiene que ha sido presentado dentro del
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, quince de febrero de dos mil siete
- Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara-
