Auto Supremo AS/0087/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0087/2007

Fecha: 15-Feb-2007

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad


Si bien la recurrente denuncia indebida valoración de la prueba y defectuosa fundamentación en la sentencia de primer grado, incumple con el requisito de admisibilidad referido y previsto por el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal.

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto de fojas 169 a 171 vuelta, por Paulina Irma Rojas de Escobar