Toda esta documentación demuestra la voluntad de la demandante para acogerse al beneficio de la
Toda esta documentación demuestra la voluntad de la demandante para acogerse al beneficio de la Jubilación; empero, en obrados, no consta ningún documento, por el que, en cumplimiento del D.S. Nº 27284 de 12 de diciembre de 2003, la actora hubiera solicitado su baja para ser presentada al SENASIR, pues se presume que hasta mientras no se solicite dicha baja, el documento de fs. 58, constituye sólo una solicitud para la inclusión en la lista de personas que iban a jubilarse, pero de ninguna manera constituye, ni la renuncia voluntaria al cargo que venía ocupando, ni la solicitud de baja exigida por la citada norma legal, consiguientemente, el memorándum de fs. 59, demuestra el despido intempestivo de la actora, y en cumplimiento del art. 13 de la L.G.T., corresponde que se cancele en su favor, el desahucio, conforme acertadamente determinó la Juez a quo, y equivocadamente fundamentó el Tribunal ad quem y contradictoriamente otorgó dicho derecho en la parte resolutiva
- DISTRITO: Tarija PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- Esta resolución motivó la interposición del recurso de casación materia de la presente resolución, en
- Acusa, asimismo, errónea interpretación e indebida aplicación del art
- CONSIDERANDO II: Que, analizado el expediente en los términos del recurso, se establece
- Sobre la base de esta solicitud, el 30 de diciembre de 2004, el Rector de
- Toda esta documentación demuestra la voluntad de la demandante para acogerse al beneficio de la
- II
- En el caso presente, el aludido bono de te, constituye un bagaje, directamente motivado para
- III
- Por lo referido, en base a las normas que regulan el derecho a las vacaciones
- En ese entendido, al no haberse acreditado el pago de dicho concepto por la gestión
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, conforme convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Jaime Ampuero García
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
