Auto Supremo AS/0281/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0281/2007

Fecha: 28-Feb-2007

I


I.- Que, no obstante lo expuesto, a objeto de verificar si lo denunciado en el recurso es evidente o no, se tiene:

1) En principio, si bien el recurso fue planteado simplemente como nulidad, deberá presumirse que se trata de casación en la forma, aunque las cuestiones de proponer y reproducir la prueba, como la valoración y su consideración de la misma, no es causal de casación en la forma, sino en el fondo. En todo caso por el recurso, se denuncia que GMLP no fue la institución empleadora del actor, sino la extinguida Fábrica Municipal de Tubos y Losetas (FAMTUL) que, según el recurrente, era una empresa municipal, con autonomía de gestión económica y administrativa