Auto Supremo AS/0119/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0119/2007

Fecha: 12-Mar-2007

Sin que por lo demás la demandada haya desvirtuado en el curso del proceso las


Sin que por lo demás la demandada haya desvirtuado en el curso del proceso las pretensiones del demandante, como estaba obligada a hacerlo en virtud de lo previsto por los Arts. 3-h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo y, menos aún sus propias aseveraciones de robo y hurto por el actor