Auto Supremo AS/0173/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0173/2007

Fecha: 15-Mar-2007

Dicho fallo motivó, que ambas partes, interpongan los recursos de casación de fojas 100 a


Apelada la sentencia, por ambas partes, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba emitió el auto de vista Nº 253/2002 de 21 de junio de 2002, cursante de Fs. 94 a 95, por el que confirma la sentencia apelada, con la modificación, que se debe agregar la suma de Bs. 154.- por concepto del sueldo devengado del mes de noviembre de 2001, al monto de la liquidación de fojas 61-62, haciendo un total de Bs. 5.472.-, con más los reajustes señalados por ley, sin costas por la doble apelación.

Dicho fallo motivó, que ambas partes, interpongan los recursos de casación de fojas 100 a 101 y 105 a 106, en el orden siguiente:

El demandado en su recurso de casación en el fondo, alega la vulneración del Art. 60 del D.S. Nº 21060 de 29 de agosto de 1985, en cuanto a la escala porcentual para la percepción del bono de antigüedad, infringiendo a la vez los Arts. 181 y 184 de la Constitución Política del Estado, al no haber dado aplicación al Art. 34 de la Ley de Reforma Educativa Nº 1565 de 7 de julio de 1994; para finalizar pidiendo al Tribunal Supremo se case el auto de vista recurrido, y se deje sin efecto el pago del bono de antigüedad