Auto Supremo AS/0202/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0202/2007

Fecha: 28-Mar-2007

En caso de haberse subsanado suficientemente el recurso, recién se procederá, si corresponde, a señalar


En caso de haberse subsanado suficientemente el recurso, recién se procederá, si corresponde, a señalar la audiencia de producción de prueba o de fundamentación oral y posteriormente se dictará la correspondiente resolución, declarando procedente o improcedente el recurso según sea el caso