Auto Supremo AS/0209/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0209/2007

Fecha: 28-Mar-2007

De la compulsa de los elementos probatorios extraídos por el juez de mérito de los


Si bien al recurrente, le está permitido constitucionalmente emitir libremente sus ideas, empero corresponde discernir que en el momento en que realizó las declaraciones base del presente proceso, afectó derechos constitucionales penalmente protegidos, acción ejecutada con libertad y fundamentalmente, dada la calidad de profesional abogado conforme se tiene de los elementos probatorios del fallo de mérito, el imputado podía prevenir el posible resultado y las consecuencias de sus actos habiendo, a pesar de ello, continuado con la ejecución de aquellos actos origen del presente proceso.

De la compulsa de los elementos probatorios extraídos por el juez de mérito de los distintos medios de prueba, y que se exponen en el fallo, se evidencia también, que el hecho objeto de juicio, afecta y compromete seriamente a la función pública y principalmente a la administración de justicia, puesto que las circunstancias en que se emitieron las ofensas, trascendieron a la función misma que eventualmente puede ocupar la autoridad ocasionalmente agraviada; estos elementos a los que se hace referencia, acreditan también que luego del conocimiento de la verdad histórica del hecho, el titular del órgano jurisdiccional concluyó que la conducta cumple los presupuestos de la imputación objetiva, correspondiendo en consecuencia, declarar la culpabilidad del procesado respecto al delito atribuido y aplicar la norma secundaria contenida en la sanción penal, parte del decisorio que es de suma importancia para la aceptación del juicio, su credibilidad y el logro de los fines políticos de la norma, actuación jurisdiccional cumplida también adecuadamente, no evidenciándose contradicciones externas entre el fallo y los Autos Supremos Nº 289/97, Nº 210/97 y Nº 193/93 invocados en calidad de precedente contradictorio, con respecto a la aplicación del principio in dubio pro reo