Auto Supremo AS/0209/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0209/2007

Fecha: 28-Mar-2007

Por otra parte alega que el delito de desacato, es un delito contra el honor


Por otra parte alega que el delito de desacato, es un delito contra el honor y que la acción penal emergente conforme a la previsión del artículo 20 del Código adjetivo penal, es de acción privada por lo que debió ser ejercida exclusivamente por la víctima, motivo por el cual nunca debió darse participación al Ministerio Público, cuya intervención en el juicio vició de nulidad todo el proceso, conforme a la previsión del artículo 31 de la Constitución Política del Estado, incurriendo en inadecuada aplicación del artículo 162 del Código Penal