Auto Supremo AS/0226/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0226/2007

Fecha: 28-Mar-2007

Este trámite que se vincula a la previsión del artículo 399 del Código de Procedimiento


Este trámite que se vincula a la previsión del artículo 399 del Código de Procedimiento Penal, al ser de puro derecho admite prueba documental únicamente y se resolverá denegando la admisibilidad del recurso o señalando la audiencia de fundamentación, complementación y producción de prueba sobre los motivos de fondo del recurso, si hubiera sido solicitada o fuera necesaria al efecto, motivo por el que no se advierte contradicción con el Auto Supremo Nº 322 de 28 de agosto de 2006