Auto Supremo AS/0156/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0156/2007

Fecha: 02-Abr-2007

POR TANTO: La Sala Civil de la Excma


POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, ANULA obrados, hasta fs. 5, es decir, hasta el estado que el juez a quo disponga se ajuste la demanda a la disposición del art. 1567 del Código Civil