Auto Supremo AS/0159/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0159/2007

Fecha: 03-Abr-2007

Ahora bien, según calendario del 2003, el 19 de abril era sábado, el 18 de


Ahora bien, según calendario del 2003, el 19 de abril era sábado, el 18 de abril era Viernes Santo y el 17 de abril, era Jueves Santo. Si bien en obrados no existe nota alguna que de cuenta de los feriados y suspensión de actividades por estas festividades, por parte de la Corte y tampoco las aportó el recurrente, no queda tampoco duda alguna que si el recurrente se vio obligado a presentar su recurso ante un Notario de Fe Pública el día jueves 17 de abril, sin los recaudos de ley para hacer viable su recurso, estaba en la obligación de cumplir con aquellos a primera hora del día hábil respectivo y no a las 17:45 del día lunes 21 de abril, tal como da cuenta el comprobante de pago de fs. 171, (obligación de pago de aranceles que corresponde al recurrente y de ninguna manera era obligación del notario, a menos que hubiere dejado a éste los recaudos necesarios, lo que tampoco consta en el cargo de recepción del notario) de ahí que el tribunal de apelación al anular los obrados, actuó correctamente