CONSIDERANDO: El auto de vista de fs
PARTES : Margarita Ramos y otros c/ Raúl Linares Cerruto y otros.
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.
VISTOS: El recurso de casación interpuesto de fs. 187-188 por Raúl Linares Cerruto en contra del auto de vista N° 247/2004, pronunciado en fecha 6 de mayo de 2004 a fs. 184 por la Sala Civil Primera de la R. Corte Superior de Distrito Judicial de La Paz, en el ordinario sobre nulidad de minuta y escritura pública, que sigue Margarita Ramos contra el recurrente y Alan Jim y Eda Quispe Mamani, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO: El auto de vista de fs. 184, anula el auto de concesión de la apelación de fs. 177 vta. y mantiene firme la sentencia N° 61/03 de 7 de marzo de 2003, que declara probada la demanda de fs. 19 a 22 y 24, e improbada la demanda reconvencional de fs. 34 a 37
- DISTRITO : La Paz PROCESO: Ordinario - Nulidad de minuta y escritura pública
- CONSIDERANDO: El auto de vista de fs
- Resolución de vista que se funda en el hecho que la apelación interpuesta por Raúl
- Contra la resolución de vista, el recurrente Raúl Linares Cerruto, recurre de casación argumentando que
- Sostiene que el Tribunal incurre en otra violación de la norma al concluir con poca
- CONSIDERANDO: Que, salta a la vista, el desconocimiento por parte del recurrente de la técnica
- No obstante la impericia del recurrente, se ingresa a la revisión de los obrados, en
- Ahora bien, según calendario del 2003, el 19 de abril era sábado, el 18 de
- Llama la atención a este Tribunal el argumento del recurrente en cuanto a que uno
- Finalmente es importante dejar sentado que este Tribunal Supremo en aplicación de lo dispuesto por
- De lo expuesto se infiere que el tribunal de alzada no ha violado ninguna disposición
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 3 de abril de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
