Auto Supremo AS/0179/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0179/2007

Fecha: 23-May-2007

Refiere que, conforme evidencia por las fotocopias adjuntas, el recurso de casacón fue remitido a


Refiere que, conforme evidencia por las fotocopias adjuntas, el recurso de casacón fue remitido a la Sala Civil de Turno el 25 de octubre de 2006, habiendo pasado a la Sala Civil Primera el 30 del mismo mes y año, que de conformidad al artículo 4 parágrafo I de la Ley Nº 1760, la Vocal debía haberse excusado en su primera actuación, pues el acto procesal de la radicatoria de la causa no es un acto mecánico y se supone que debió revisar todos los antecedentes del proceso para verificar la existencia de alguna causal que imponga la necesidad de formular su excusa