b) Respecto al rechazo de prueba reclamado, de la misma manera la recurrente en su
b) Respecto al rechazo de prueba reclamado, de la misma manera la recurrente en su momento pudo realizar las impugnaciones establecidas por ley, habiendo precluído su derecho en casación
- DISTRITO : Tarija PROCESO: Ordinario - Reivindicación de inmueble
- CONSIDERANDO: Que el auto de vista de fojas 99 a 99 vuelta declara ejecutoriada la
- La Resolución del Tribunal de apelación, se funda en el hecho que establece que Margarita
- Contra la resolución de vista, la recurrente Margarita Rojas Guerrero, recurre de "nulidad y casación"
- Respecto al fallo recurrido la recurrente manifiesta de que el Auto de Vista impugnado no
- CONSIDERANDO: Que, de los datos del recurso venido en casación, se evidencia el desconocimiento por
- No obstante la impericia de la recurrente, la Sala del Supremo Tribunal, ingresa a la
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- Es importante dejar sentado que este Tribunal Supremo en aplicación de lo dispuesto por el
- Tomando en cuenta que la presentación de memoriales, bajo esta norma legal, tiene por objeto
- Finalmente respecto a los motivos de nulidad señalados por la recurrente se establece
- b) Respecto al rechazo de prueba reclamado, de la misma manera la recurrente en su
- De lo expuesto se infiere que el tribunal de alzada no ha violado ninguna disposición
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 14 de mayo de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
