DISTRITO : Tarija PROCESO: Ordinario - Reivindicación de inmueble
SALA CIVIL
AUTO SUPREMO Nº 235 Sucre, 14 de mayo de 2007
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- CONSIDERANDO: Que el auto de vista de fojas 99 a 99 vuelta declara ejecutoriada la
- La Resolución del Tribunal de apelación, se funda en el hecho que establece que Margarita
- Contra la resolución de vista, la recurrente Margarita Rojas Guerrero, recurre de "nulidad y casación"
- Respecto al fallo recurrido la recurrente manifiesta de que el Auto de Vista impugnado no
- CONSIDERANDO: Que, de los datos del recurso venido en casación, se evidencia el desconocimiento por
- No obstante la impericia de la recurrente, la Sala del Supremo Tribunal, ingresa a la
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- Es importante dejar sentado que este Tribunal Supremo en aplicación de lo dispuesto por el
- Tomando en cuenta que la presentación de memoriales, bajo esta norma legal, tiene por objeto
- Finalmente respecto a los motivos de nulidad señalados por la recurrente se establece
- b) Respecto al rechazo de prueba reclamado, de la misma manera la recurrente en su
- De lo expuesto se infiere que el tribunal de alzada no ha violado ninguna disposición
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 14 de mayo de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
