Auto de vista revocatorio que dispone se prosigan los trámites para el reconocimiento de renta
DISTRITO: La Paz
PARTES: Carola Torres Vda. De Jiménez c/ SENASIR
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VISTOS: El recurso de casación de Fs. 178-180 interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto - SENASIR, representado por su Director General Ejecutivo, Walter Castillo Guerra, del auto de vista No. 031/05-SSA-I de Fs. 176 dictado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior de La Paz, en el proceso administrativo de reconocimiento de rentas básicas de viudedad y orfandad, seguido por Carola Torres Vda. de Jiménez con el Servicio recurrente; sus antecedentes, lo alegado por las partes, las infracciones acusadas, el dictamen fiscal de Fs. 193, y
CONSIDERANDO I: Que el Tribunal de alzada por auto de vista de Fs. 176, revoca la Resolución No. 040.04 de la Comisión de Reclamaciones cursante a Fs. 168-171 de 10 de marzo de 2004 que confirma la No. 00504 de Fs. 146-147, fechada en 3 de febrero de 2003, emitida por la Comisión Calificadora de Rentas de la Dirección de Pensiones disponiendo, primero, el otorgamiento de renta orfandad absoluta a favor de Pablo Jiménez Torres, Pamela Jimena y Jennifer Paola Jiménez Pariente a partir de febrero de 2001; segundo, desestimar la solicitud de renta básica de viudedad interpuesta por Carola Torres Vergara; y, tercero, se emitan boletas separadas para los primeros por tratarse de 2 grupos familiares.
Auto de vista revocatorio que dispone se prosigan los trámites para el reconocimiento de renta de viudedad a Carola Torres Vda. de Jiménez, en su calidad de esposa supérstite; quedando firme y subsistente el otorgamiento el reconocimiento de renta de orfandad a favor de los menores Pablo Miguel Jiménez Torres y las hermanas Pamela Jimena y Jennifer Paola Jiménez Pariente; derechos que no fueron motivo del recurso
- AUTO SUPREMO Nº 246 - Administrativo Sucre, 02 de mayo de 2007
- Auto de vista revocatorio que dispone se prosigan los trámites para el reconocimiento de renta
- CONSIDERANDO II: Que el aludido recurso, planteado en el fondo, efectúa una relación de los
- Concluye interponiendo el recurso de casación y solicitando de este Tribunal, casación del auto de
- CONSIDERANDO III: Que de los antecedentes del proceso se establece que el recurrente funda su
- Que como señala el Ad quem, no existiendo en el caso sentencia ejecutoriada de divorcio,
- En lo referente al Art
- De donde se concluye que el Ad quem obró en el marco legal de las
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Relatora: Ministra Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 02 de mayo de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
