Auto Supremo AS/0246/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0246/2007

Fecha: 02-May-2007

De donde se concluye que el Ad quem obró en el marco legal de las


Que los Arts. 5 de la Ley 1732, de Pensiones, 177-5 de la precitada Ley de Organización Judicial y 1º de la R-M. No. 1361, también argumentados como infringidos son atinentes, el primero a definiciones y, el segundo a competencia de los jueces de instrucción en materia Civil y, el tercero, a la fecha de cierre del Sistema de reparto; resultando ocioso referirse al respecto, si ninguna de esas normas está referida al caso, en casación.

De donde se concluye que el Ad quem obró en el marco legal de las previsiones del Art. 236 del Código de Procedimiento Civil, efectuando una correcta calificación y valoración de la prueba, con criterio legal, al disponer la prosecución del trámite para el otorgamiento de renta de viudedad a Carola Torres Vda. de Jiménez. No siendo evidentes las infracciones acusadas en cuanto unas son ajenas al tema central que es el de reconocimiento u otorgamiento de renta de viudedad y las otras han sido debidamente aplicadas por el de Alzada