Auto Supremo AS/0248/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0248/2007

Fecha: 17-May-2007

Por otra parte, es de dejar sentado que el fraude procesal se entiende como todo


Por otra parte, es de dejar sentado que el fraude procesal se entiende como todo artificio, maquinación o engaño que las partes utilizan para hacer incurrir en error al juzgador y obtener fallos judiciales favorables y que de no mediar el engaño, no se hubiera obtenido