Auto Supremo AS/0248/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0248/2007

Fecha: 17-May-2007

Señala que ha demostrado este hecho con el Registro del Gabinete de Identificación Personal que


Señala que ha demostrado este hecho con el Registro del Gabinete de Identificación Personal que en nada desmerece lo mandado por el art. 1534 del Código Civil, que si bien habla del Registro Civil, no enerva ni destruye la eficacia y validez de la Cédula de Identidad que es un documento legítimo que acredita la edad y la filiación de las personas. Por lo que afirma haber demostrado que Jans Alain Espinoza Choque mintió al Tribunal Séptimo de Partido en lo Civil de la Capital y engañó a la justicia para ser favorecido con el fallo del juzgador, se condujo con malicia demostrando arrojo y audacia para acudir a un juzgado y hacer caer en error al juzgador, por lo que pide se case el auto de vista