Auto Supremo AS/0331/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0331/2007

Fecha: 22-May-2007

II


II.- Que, analizando el recurso motivo de autos, éste carece de fundamentación, porque conforme define la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo estar debidamente identificadas y justificadas las causales señaladas en el Art. 253 del Cód. Pdto. Civ.; mientras que el recurso de casación en la forma, se funda en errores "in procedendo", referidos a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, enumeradas igualmente para cada caso en concreto, en el Art. 254 de la citada norma; lo que no ocurre en el caso de análisis