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    Auto Supremo AS/0331/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0331/2007

    Fecha: 22-May-2007

    Regístrese, notifíquese y devuélvase


    No se regula el honorario profesional de abogado, por no haber sido contestado el recurso.

    Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García.

    Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • AUTO SUPREMO Nº 331 - Social Sucre, 22 de mayo de 2007
    • I
    • II
    • En efecto, el recurso fue planteado de manera ambigua, por cuanto no hace sino fundar
    • Y en los hechos, los fundamentos del recurso, no son más que una reiteración al
    • El recurrente olvida lo previsto en el Art
    • Que, la pretensión de anular el proceso, sin precisar cuál es el vicio más antiguo,
    • IV
    • Que, en ese marco legal, se concluye que el auto de vista cumple los principios
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.

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