Auto Supremo AS/0291/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0291/2007

Fecha: 14-Jun-2007

CONSIDERANDO:En la especie, el argumento del tribunal ad quem para negar la concesión del recurso


CONSIDERANDO:En la especie, el argumento del tribunal ad quem para negar la concesión del recurso extraordinario de casación, es la reserva legal del art. 262.3) del Código de Procedimiento Civil; es decir, que la resolución impugnada a través del recurso extraordinario de casación no se halla comprendida dentro de las previsiones del art. 255 del procedimiento citado