Que, en cuanto a la representación sin mandato, es de señalar que dicha acusación no
Que, en cuanto a la representación sin mandato, es de señalar que dicha acusación no es evidente, por cuanto Julio Tórrez Rodríguez ha actuado en el trámite de la causa con Poder notarial otorgado en su favor, según testimonio No. 313/2002 por los Sres. Fructuoso Tórrez Rodríguez, Lucía Tórrez Rodríguez, Cristina Tórrez de Martínez, Rómula Tórrez Rodríguez, Avelina Tórrez de Cáceres, Jaime Tórrez Rodríguez y que cursa a fs. 28 de obrados. De ahí que resulta válida la diligencia de fs. 37, entendida con el Sr. Julio Tórrez Rodríguez, con el auto de relación procesal de fs. 36, sin que sea un motivo de invalidez el hecho que en la referida actuación procesal no se hubiere consignado que se le notifica también en su calidad de apoderado, omisión que en todo caso es atribuible al Oficial de Diligencias, que en nada puede afectar al proceso
- DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario-. Reconocimiento de deuda
- CONSIDERANDO: Contra la sentencia de fs
- Contra la resolución de vista, la demandada perdidosa en ambas instancias, recurre de casación en
- Acusa en primer lugar que se hubiere otorgado más de lo pedido por las partes
- Señala también que la demanda está firmada por ocho demandantes, sin embargo en el memorial
- Sostiene que en la demanda de fs
- Acusa que sobre la base de esta nueva falta e incorrecta citación la juez dicta
- Otro vicio de nulidad que señala se halla referido a que si Julio Tórrez Rodríguez,
- CONSIDERANDO: Que, habiendo acusado vicios que podrían acarrear la nulidad de obrados, este Tribunal Supremo,
- Norma legal, que prevé que "1
- Es de señalar que tampoco observó la diligencia de citación a tiempo de presentar sus
- Que, en cuanto a la representación sin mandato, es de señalar que dicha acusación no
- Finalmente, en cuanto a que la sentencia resulte ultrapetita al haber otorgado más de lo
- Regístrese notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 17 de julio de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
