Auto Supremo AS/0315/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0315/2007

Fecha: 17-Jul-2007

Que, en cuanto a la representación sin mandato, es de señalar que dicha acusación no


Que, en cuanto a la representación sin mandato, es de señalar que dicha acusación no es evidente, por cuanto Julio Tórrez Rodríguez ha actuado en el trámite de la causa con Poder notarial otorgado en su favor, según testimonio No. 313/2002 por los Sres. Fructuoso Tórrez Rodríguez, Lucía Tórrez Rodríguez, Cristina Tórrez de Martínez, Rómula Tórrez Rodríguez, Avelina Tórrez de Cáceres, Jaime Tórrez Rodríguez y que cursa a fs. 28 de obrados. De ahí que resulta válida la diligencia de fs. 37, entendida con el Sr. Julio Tórrez Rodríguez, con el auto de relación procesal de fs. 36, sin que sea un motivo de invalidez el hecho que en la referida actuación procesal no se hubiere consignado que se le notifica también en su calidad de apoderado, omisión que en todo caso es atribuible al Oficial de Diligencias, que en nada puede afectar al proceso