Sostiene que en la demanda de fs
Sostiene que en la demanda de fs. 5 a 6, los demandantes en forma expresa confiesan que el domicilio de los demandados es en una caseta comercial del mercado Abasto, conminados por la Juez a quo a identificar claramente el domicilio, cumplen a fs. 9. Que, sin embargo, el Oficial de Diligencias se apersonó a la zona de Alto San Pedro entre tercer y cuarto anillo para citar a los demandados, lo que amerita la nulidad del informe de fs. 11 y ordena nueva citación en el domicilio señalado. Que, a fs. 20 se incurre nuevamente en irregularidad en la citación porque la juez, a fs. 23 y vta., anula nuevamente las notificaciones, cursando a fs. 24 una supuesta citación a los demandados pero con fs. 2, es decir con el documento base del presente proceso y no así con la demanda y complementación y admisión de fs. 10, por lo que sostiene que no se ha cumplido con la orden de la juez a quo
- DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario-. Reconocimiento de deuda
- CONSIDERANDO: Contra la sentencia de fs
- Contra la resolución de vista, la demandada perdidosa en ambas instancias, recurre de casación en
- Acusa en primer lugar que se hubiere otorgado más de lo pedido por las partes
- Señala también que la demanda está firmada por ocho demandantes, sin embargo en el memorial
- Sostiene que en la demanda de fs
- Acusa que sobre la base de esta nueva falta e incorrecta citación la juez dicta
- Otro vicio de nulidad que señala se halla referido a que si Julio Tórrez Rodríguez,
- CONSIDERANDO: Que, habiendo acusado vicios que podrían acarrear la nulidad de obrados, este Tribunal Supremo,
- Norma legal, que prevé que "1
- Es de señalar que tampoco observó la diligencia de citación a tiempo de presentar sus
- Que, en cuanto a la representación sin mandato, es de señalar que dicha acusación no
- Finalmente, en cuanto a que la sentencia resulte ultrapetita al haber otorgado más de lo
- Regístrese notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 17 de julio de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
