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    Auto Supremo AS/0337/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0337/2007

    Fecha: 31-Jul-2007

    Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez


    Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • CONSIDERANDO: Que, la sentencia de fs
    • Sentencia que en apelación es revocada por auto de vista de fs
    • Resolución de vista, que motiva el recurso de casación en el fondo, interpuesto por la
    • Sostiene que esa sentencia solo alcanza al bien inmueble adquirido por David Zurita e Isidora
    • Finalmente agrega que, no se puede alegar cosa juzgada material, porque los puntos demandados son
    • CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados, en función al recurso interpuesto, este Tribunal
    • En efecto, la sentencia de fs
    • De igual manera, en el punto 7°, se establece que por "escritura de 20 de
    • Extremos que se desprenden también de la literal que cursa de fs
    • Que, el testimonio de la escritura pública que cursa de fs
    • De lo expuesto, se infiere claramente, que María Luisa Zurita Vallejos tiene derecho, tanto a
    • Que, la sexta parte de carácter patrimonial de la demandante María Luisa Zurita Vallejos, no
    • De donde se infiere que el tribunal ad quem, ha incurrido en evidente error de
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Dra. Rosario Canedo Justiniano
    • Dra. Beatriz Sandoval Bascopé de Capobianco
    • Proveído : Sucre, 31 de julio de 2007
    • Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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