Auto Supremo AS/0634/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0634/2007

Fecha: 18-Jul-2007

2)


2).- En el recurso de casación en la forma, planteado como nulidad de obrados, al amparo del art. 254 inc. 7) del Cód. Pdto. Civil, en síntesis expresa que no existió contestación a la demanda, sino que sólo opuso excepciones a fs. 99-100 y que habría sido la única actuación; por cuya razón, debía cumplirse lo dispuesto en el art. 141 del Cód. Proc. Trab., es decir, declarar la rebeldía y proseguir el trámite conforme a los arts. 121 y 122, concordante con el art. 137 inc. 4) todos del Cód. Pdto. Civil y, al no cumplirse esta formalidad, debería anularse el proceso