Auto Supremo AS/0200/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0200/2007

Fecha: 15-Ago-2007

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2.- Estos preceptos impiden al Ministerio Público continuar el proceso penal en contra de los Diputados y el Asambleísta nombrados, empero frente a este derecho esta la obligación del Ministerio Publico de ejercer la acción penal pública, conforme a lo establecido en la Constitución Política del Estado y las leyes de la República (artículo 124 de la Constitución Política del Estado, concordante con los artículos 16 y 21 de la Ley Nº 1970, 6, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Ministerio Público); por lo que frente a la Inmunidad Parlamentaria, el Ministerio Publico debe cumplir los principios fundamentales de legalidad, objetividad, y celeridad en el juzgamiento, siendo su responsabilidad la acusación estatal