Auto Supremo AS/0200/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0200/2007

Fecha: 15-Ago-2007

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3.- En conclusión manifiesta, que considerando el principio de legalidad, como elemento esencial del Estado de Derecho, presupuesto básico insoslayable de la administración de justicia y frente a la existencia de elementos e indicios suficientes sobre la existencia de delitos de Uso Indebido de Influencias, Trata de Seres Humanos, Tráfico de Migrantes y Organización Criminal, la participación de los Diputados y el Asambleísta en ellos, en aplicación del artículo 52 de la Constitución Política del Estado, requiere porque la Corte Suprema de Justicia de la Nación autorice el desafuero y procesamiento de los Diputados Nacionales Suplentes Maria Patricia Del Rosio Seeghers Vargas, Julio Leigue Hurtado y del Asambleísta Constituyente José Bailaba Parapaino, para que asuman defensa dentro del proceso penal a denuncia y querella de David Choquehuanca Céspedes, Ministro de Relaciones Exteriores y Cultos y Alicia Muñoz Alá, ex Ministra de Gobierno, por los delitos de Uso Indebido de Influencias, Trata de Seres Humanos, Tráfico de Migrantes y Organización Criminal previstos y sancionados por los artículos 146, 281 bis, 281 ter y 132 del Código Penal