Que, dentro de las investigaciones preliminares y la etapa preparatoria, se ha establecido en el
Que, dentro de las investigaciones preliminares y la etapa preparatoria, se ha establecido en el caso especifico de los ex parlamentarios actuales Diputados Nacionales Suplentes María Patricia Del Rosio Seeghers, Julio Leigue Hurtado y del Asambleísta Constituyente José Bailaba Parapaino, que éstos han utilizado su calidad de representantes nacionales y la circunscripción a la que representan, para solicitar por diferentes motivos el ingreso de ciudadanos chinos a nuestro país, firmando personalmente las notas dirigidas al Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos para que se otorgue las visas correspondientes, haciendo creer a las autoridades nacionales sobre la necesidad de sus regiones para su desarrollo y de la importancia de los supuestos proyectos a implementarse
- el enjuiciamiento de los Diputados Nacionales Suplentes, Maria Patricia del Rosio Seeghers, Julio Leigue Hurtado
- CONSIDERANDO: Que, dentro de la investigación seguida por el Ministerio Público a denuncia presentada por
- Proceso penal que emerge de la denuncia y querellas antes señaladas, a cuya consecuencia se
- Que, de las declaraciones prestadas por Bin Xin Zhang Zhang y de las pruebas colectadas
- Que, dentro de las investigaciones preliminares y la etapa preparatoria, se ha establecido en el
- Que, estas investigaciones preliminares acreditan también, que Maria Patricia Del Rosio Seeghers en su condición
- CONSIDERANDO: Que, en mérito a los antecedentes expuestos, el Fiscal General de la República fundamentando
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- Que, el referido artículo 52 de la Constitución Política del Estado, otorga a la Corte
- Póngase en conocimiento del Poder Legislativo, de la Asamblea Constituyente y del Fiscal General de
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Firmado: Sofía L. Fiengo S.
