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    Auto Supremo AS/0231/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0231/2007

    Fecha: 15-Ago-2007

    Por otra parte, los recurrentes no precisaron las reglas de la lógica que hubieran sido


    Por otra parte, los recurrentes no precisaron las reglas de la lógica que hubieran sido inobservadas vinculando su crítica con el razonamiento base del fallo, de ahí que, habiendo motivado su recurso de casación en valoración defectuosa de la prueba, no cumplieron con la obligación de cuestionar técnicamente el silogismo desarrollado en la sentencia
    • CONSIDERANDO: que, formulada la acusación por el representante del Ministerio Público, corrida en traslado y
    • Que contra esa Resolución apelaron los procesados mediante recurso que radicó en la Sala Penal
    • Que contra ese Auto de Vista los procesados interpusieron recurso de casación que fue admitido
    • CONSIDERANDO: que, por la revisión efectuada llega a las siguientes conclusiones
    • Así, el Juez o Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad
    • Por otra parte, los recurrentes no precisaron las reglas de la lógica que hubieran sido
    • En consecuencia, resultó deficiente el planteamiento del recurso en análisis, por discurrir en torno a
    • II
    • III
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia declara INFUNDADO el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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