Que contra esa Resolución apelaron los procesados mediante recurso que radicó en la Sala Penal
Que contra esa Resolución apelaron los procesados mediante recurso que radicó en la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, el cual, mediante Auto de Vista numeral 3492/05 de 23 de marzo de 2006, declaró improcedentes las cuestiones planteadas y confirmó la sentencia impugnada
- CONSIDERANDO: que, formulada la acusación por el representante del Ministerio Público, corrida en traslado y
- Que contra esa Resolución apelaron los procesados mediante recurso que radicó en la Sala Penal
- Que contra ese Auto de Vista los procesados interpusieron recurso de casación que fue admitido
- CONSIDERANDO: que, por la revisión efectuada llega a las siguientes conclusiones
- Así, el Juez o Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad
- Por otra parte, los recurrentes no precisaron las reglas de la lógica que hubieran sido
- En consecuencia, resultó deficiente el planteamiento del recurso en análisis, por discurrir en torno a
- II
- III
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia declara INFUNDADO el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
