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    Auto Supremo AS/0352/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0352/2007

    Fecha: 13-Ago-2007

    Patricia Parada Loras


    Patricia Parada Loras
    • PARTES : José Luís Encinas Valverde c/ María del Rosario Abrego Bejarano de Drew
    • CONSIDERANDO: Tramitado el proceso ordinario, el Juez Segundo de Partido Ordinario en lo Civil y
    • En apelación formulada por el apoderado de la demandada (fs
    • Contra la referida resolución de vista, el demandante, por memorial de fs
    • CONSIDERANDO: Que, con carácter previo a considerar los fundamentos de los recurso de casación y
    • Que, en uso de esa función fiscalizadora, este Tribunal Supremo luego de revisar minuciosamente los
    • La sentencia de primer grado, desestimó ambas acciones; empero, en apelación, el Tribunal de alzada,
    • Estas determinaciones judiciales, presuntamente abarcarían en sus efectos, únicamente a los participantes de la relación
    • b) Que esas pretensiones buscan consecuencias jurídicas que afectarían o beneficiarían a una tercera persona
    • CONSIDERANDO: Por los razonamientos expuestos, se concluye, que no puede presumirse -en el caso presente-
    • Finalmente, se establece que los de grado, omitieron integrar la litis consorcio necesaria activa de
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Dra. Rosario Canedo Justiniano
    • Proveído : Sucre, 13 de agosto de 2007
    • Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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