Auto Supremo AS/0352/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0352/2007

Fecha: 13-Ago-2007

POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con


POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad que le confiere el art. 15 de la L.O.J., ANULA obrados hasta fs. 31, inclusive, es decir, hasta el estado que el Juez a quo, ordene que con carácter previo, se integre la litis consorcio activa necesaria de Rosa Capobianco de Encinas, sin multa por ser excusable