Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0402/2007
Fecha: 28-Sep-2007
Patricia Parada Loras
Patricia Parada Loras
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DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario - Nulidad de proceso ejecutivo
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PARTES : Iver Rojas Ortuño y otra c/ INDUSTRIAS Y COMERCIO DISMAC S.R.L
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CONSIDERANDO: Tramitado el proceso ordinario, el Juez de Partido Primero en lo Civil y Comercial
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En apelación formulada por los apoderados Plácido Rojas Padilla y Bernardina Ortuño de Rojas, mediante
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Contra esta resolución de segunda instancia, los demandantes de fojas 1002 a 1004, formulan recurso
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CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis se establece
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Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una demanda
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Que, de la revisión del recurso, se colige que los recurrentes no han cumplido los
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De tal manera que ambos recursos, se sustentan en causas diferentes y persiguen efectos distintos
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Que, en ese marco legal, el recurso interpuesto es insuficiente e injustificable, haciendo inviable su
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Por lo expuesto, corresponde la aplicación de lo previsto en el artículo 271-1) y 272-2)
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POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
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Se regula el honorario de abogado en la suma de Bolivianos quinientos que mandará hacer
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
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Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
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Proveído : Sucre, 28 de septiembre de 2007
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Patricia Parada Loras
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Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
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