Firmado: Sofía L. Fiengo Sotés
Firmado: Héctor Sandoval Parada
Jaime Ampuero García
Emilse Ardaya Gutiérrez
Beatriz Sandoval de Capobianco
Julio Ortiz Linares
Eddy Walter Fernández Gutiérrez
José Luís Baptista Morales
Ángel Irusta Pérez
Hugo R. Súarez Calbimonte
Firmado: Sofía L. Fiengo Sotés
- CONSIDERANDO: Que, citado Osvaldo Irusta Zambrana, el cinco de mayo de 2005 (diligencia de fojas
- Que, con referencia a la excepción de impersoneria en uno de los demandados, Osvaldo Irusta
- Con relación a la excepción de falta de personería en el demandante, el excepcionante afirma
- CONSIDERANDO: Que, con referencia a la excepción previa de impersoneria del codemandado Osvaldo Irusta Zambrana,
- Con referencia a la falta de personería en el demandante, de quien se observa la
- Por último, de la revisión de obrados, no se advierte obscuridad, contradicción o imprecisión de
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, declara PROBADA la excepción
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Firmado: Sofía L. Fiengo Sotés
