Auto Supremo AS/0235/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0235/2008

Fecha: 22-Oct-2008

Respecto a la excepción de impersonería del demandado, manifiesta que la empresa demandante, alegando que


VISTOS EN SALA PLENA: Las excepciones previas de impersonería del demandado e imprecisión, contradicción y oscuridad en la demanda, opuestas a fojas 861-864 de obrados, por Rafael Rubén Vergara Sandóval, Superintendente Tributario General interino, dentro de la demanda Contencioso Administrativa, incoada por Edgar Ricardo Rück Arzabe en representación del Lloyd Aéreo Boliviano (L.A.B.), los antecedentes, el informe del Ministro Tramitador Ángel Irusta Pérez y,

CONSIDERANDO: Que el Superintendente Tributario General, mediante memorial de fojas 861-864 opone las excepciones previas de impersonería del demandado, e imprecisión, contradicción y oscuridad en la demanda, fundando su petitorio en los siguientes términos:

Respecto a la excepción de impersonería del demandado, manifiesta que la empresa demandante, alegando que se cometieron en sede administrativa serios vicios de nulidad en el fondo y en la forma que afectan al debido proceso, al derecho de defensa y la legitimidad de los actos administrativos que situaron a esta Empresa en estado de indefensión al negarle el derecho a recurrir ante una autoridad superior, pretende la nulidad o revocatoria total de los actos administrativos pronunciados todos ellos "ilegalmente" -a decir del excepcionista- por la Gerencia Distrital GRACO Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales y por la Superintendencia Tributaria Regional de Cochabamba. Al efecto, realiza una enumeración confusa y desordenada de aquellos actos administrativos