CONSIDERANDO: Que admitida la demanda mediante providencia de fojas 21, se procedió a la citación
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de fojas 14 formulada por David Braulio Vargas Flores en representación legal de Edelmira Rosario Vargas de Saavedra, sobre homologación de sentencia de divorcio pronunciada por la Corte del Estado de Virginia, Condado de Fairfax de los Estados Unidos de Norteamérica en el juicio de divorcio que siguiera contra su esposo Jorge Raúl Saavedra, el informe de la Ministra Tramitadora Beatriz Sandoval de Capobianco, los antecedentes procesales y,
CONSIDERANDO: Que admitida la demanda mediante providencia de fojas 21, se procedió a la citación personal del demandado (fojas 26), quien respondió mediante el memorial de fojas 27 en forma afirmativa y adhiriéndose a la petición de contrario, solicitó al Tribunal dicte resolución homologando la sentencia conforme el petitorio de la demandante
- PARTES: Edelmira Rosario Vargas de Saavedra representada por David Braulio Vargas Flores contra Jorge Raúl
- FECHA: 28 de octubre de 2008
- CONSIDERANDO: Que admitida la demanda mediante providencia de fojas 21, se procedió a la citación
- Que el marco legal para la ejecución de sentencias pronunciadas en el extranjero se encuentra
- Que en el caso en examen, la sentencia pronunciada el 16 de marzo de 2006,
- Que con el decreto final de divorcio, se dispuso la disolución del vínculo matrimonial que
- Que en la resolución extranjera cuya homologación se impetra, no se encuentran disposiciones contrarias a
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Firmado:Sofía L. Fiengo Sotés
