Auto Supremo AS/0269/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0269/2008

Fecha: 28-Oct-2008

Asimismo, la declaratoria de perención de instancia no implica rechazo de la demanda, como contrariamente


Asimismo, la declaratoria de perención de instancia no implica rechazo de la demanda, como contrariamente sostiene el recurrente, debiendo aclarársele que la demanda fue debidamente admitida conforme consta en el decreto de fojas 34, pero que al haber sido "abandonada" por el actor, se aplicó la disposición contenida en el artículo 309 del Código de Procedimiento Civil