En grado de apelación, a instancia de ambas partes, por Auto de Vista No
En grado de apelación, a instancia de ambas partes, por Auto de Vista No. 155/06 SSA-I de 20 de Junio de 2006 (fs. 289), la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, revocó la Sentencia Nº 33/03 cursante a fs. 241-249 de obrados y, deliberando en el fondo declara improbada la demanda de fs. 17-18 y mantiene firme y subsistente la R.D. Nº 196/94 (aunque lo correcto es 407/94) con relación al impuesto omitido por la suma de Bs. 82.997.- modificando únicamente la graduación de la conducta del sujeto pasivo como evasión con la sanción del 50% sobre los montos de los reparos establecidos
- SEGUNDO RELATOR: Min. Jaime Ampuero García
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, la Jueza 2da
- En grado de apelación, a instancia de ambas partes, por Auto de Vista No
- Dicho fallo motivó los recursos de casación en el fondo, conforme se sintetiza
- II
- CONSIDERANDO II: Que así planteado ambos recursos, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- 2) No obstante lo expuesto, se ingresa en el análisis de fondo de ambos recursos,
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Jaime Ampuero García
- Min. Julio Ortiz Linares
- Proveído: Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
