Auto Supremo AS/0481/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0481/2008

Fecha: 02-Oct-2008

2) En lo referente a la infracción de los arts


2) En lo referente a la infracción de los arts. 5º, 16 y 157 de la Constitución Política del Estado, referido a que no se reconoce ningún genero de servidumbre y que nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin su pleno consentimiento y justa retribución, no son evidentes máxime si el tribunal de apelación, realizó una correcta apreciación y valoración de la prueba aportada al proceso, en virtud a los arts. 397 del Pdto. Civil y 158 del C.P.T., concordante con los arts. 3 incs. g), h) y j); 9; 66 y 150 del C.P.T., al ser deber primordial del Estado proteger los derechos de los trabajadores, en cumplimiento a los principios de primacía de la realidad, proteccionismo e inversión de la prueba, consagrados por el art. 162 de la C.P.E. y 4 de la L.G.T