Auto Supremo AS/0505/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0505/2008

Fecha: 13-Oct-2008

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4.- Respecto de la vulneración del art. 236 del Cód. Pdto. Civ., en sentido de que el tribunal ad quem no se hubiere pronunciado sobre el reclamo de las horas extras y del derecho a la prima, que fueron expresados como agravios en el recurso de apelación de fs. 90-92; dicha vulneración no es evidente, por cuanto de la lectura del auto de vista, se puede advertir que el pronunciamiento confirmatorio de la resolución de grado, aunque general, resolvió el fondo de lo reclamado por la empresa apelante. Empero, al haberse denunciado al mismo tiempo, error de hecho y de derecho sobre las pruebas aportadas al proceso, cuyo reclamo recae sobre estos dos conceptos, este tribunal con la facultad del art. 253 inc. 3) y previa revisión de las literales de descargo, concluye que los Jueces de instancia no apreciaron, menos valoraron la prueba de descargo, por cuanto no consideraron:

a) Que, las literales de descargo que corren de fs. 35-37 de obrados, consistentes en papeletas de pago expedidas por la empresa demandada, no consignan que el actor hubiera prestado servicios excediendo su horario normal de trabajo, consiguientemente no corresponde el pago por este concepto, indebidamente asignado por los jueces de grado