Auto Supremo AS/0552/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0552/2008

Fecha: 28-Oct-2008

De lo anterior se concluye, por lo relacionado, que el empleador consintió tácitamente la ausencia


De lo anterior se concluye, por lo relacionado, que el empleador consintió tácitamente la ausencia del trabajador, al aceptar que éste reasuma sus funciones y continúe con su desempeño por un lapso de 90 días, antes del despido; no asumiendo los memorando de fs. 16 y 17 otro valor administrativo que no sea el de apercibimiento y advertencia al estar dirigidos al trabajador, como se infiere de su contenido y redacción