Auto Supremo AS/0552/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0552/2008

Fecha: 28-Oct-2008

En el caso, se demandó el reconocimiento y pago de los aludidos beneficios y otros


Al respecto, ese Auto al establecer la relación jurídico procesal entre las partes, en el marco general de lo demandado y la contestación, señala los puntos de hecho que, en criterio del Juzgador deben ser probados por aquellas, para un mejor conocimiento de la causa que, en la previsión del art. 149 del Adjetivo Laboral puede ser objetado por las partes, aplicándose de contrario el Principio de Preclusión establecido por los arts. 3-e) y 57 del mismo Adjetivo, con la ejecutoria consiguiente.

En el caso, se demandó el reconocimiento y pago de los aludidos beneficios y otros derechos sociales, consiguientemente, el proceso se desarrolla en base a las pretensiones del actor y la responsabilidad fundamental del empleador de desvirtuarlas por el Principio de Inversión de la Prueba en la Materia. Consiguientemente carece de seriedad lo alegado y fundamentado al respecto y, más aún si el recurrente pretende de la Resolución de Alzada una respuesta a todo el contenido de la expresión de agravios, con frecuencia incoherente y sin sustento legal, como se ocurre en obrados